FUERZAS Y CUERPOS SEGURIDAD DEL ESTADO

Pruebas Médicas Guardia Civil

¡SUSCRÍBETE!
pruebas médicas guardia civil
Índice

La prueba médica se engloba dentro de la segunda fase de la oposición al cuerpo de Guardia Civil. Concretamente es el último de los procesos a superar por parte de los candidatos. Y, nuevamente, el veredicto será el de apto o no apto. Aunque también se contempla un tercer resultado denominado: no apto circunstancial.

Esto implica que el aspirante podrá acceder a un nuevo reconocimiento médico (total o parcial) donde se otorgará un definitivo apto o no apto.

El futuro Guardia Civil deberá acudir a la cita en ayunas y con retención de orina, ya que se le requerirá una muestra de ésta para complementar el estudio médico.

Las principales pruebas a las que deberás someterse serán:

  • Análisis de sangre.
  • Análisis de orina.
  • Peso y altura.
  • Tensión
  • Revisión de la vista (daltonismo, miopía, agudeza visual, etc).

A modo orientativo para la aplicación de cualquiera de los apartados comprendidos en el Anexo I de la Orden PCI/155/2019 donde se refleja el cuadro médico de exclusiones se tendrán en cuenta estas dos situaciones:

  • Detección de causas que hagan prever la incapacidad para realizar los periodos de formación adecuadamente.
  • Observar razones que en un futuro pudieran ocasionar algún tipo de limitación en el desempeño pleno de las funciones propias del servicio.

 

Cambios en las pruebas médicas a Guardia Civil

Durante la pasada convocatoria 2019 se produjeron diversos cambios a tener en cuenta para la superación de las pruebas médicas.

Entre otros destacan:

  1. Modificación del requisito de altura de los aspirantes. Ya que, si hasta ahora la altura mínima requerida había sido de 1,65 y 1,60 para hombres y mujeres, respectivamente, desde la convocatoria de 2019 descendía la altura mínima en 1,60 para hombres y 1,55 en mujeres.
  2. Se modifica el índice de Masa Corporal (IMC) estableciéndose cómo válido aquel que se encuentre en la escala de 17 a 30.
  3. Las pruebas médicas de guardia civil sobre vista también eran modificadas ya que pasaba a convertirse en motivo de exclusión la falta de agudeza visual.
  4. No obstante, en paralelo a lo anterior, se producía un aumento del número de dioptrías permitidas hasta ahora.
  5. Además, aunque los trastornos del lenguaje continúan siendo posible causa de exclusión se acepta la disartria o tartamudez.
  6. Junto a estas y, desde el pasado año 2019 según se recoge en la Orden PCI/154/2019 enfermedades como VIH, diabetes, psoriasis o celiaquía no serán directamente motivo de exclusión para los aspirantes que las padezcan. Esto pasará a depender de la decisión del Tribunal médico tras abordar cada caso concreto.

Artículo escrito por:

Picture of Rocío Esteban Trujillo
Rocío Esteban Trujillo

Directora de Contenidos de Administraciondejusticia.com
El mundo de las oposiciones no tiene secretos para Rocío. Lleva con nosotros desde 2019, ayudándonos a mantener a alumnos e interesados informados al minuto de su oposición, a través de la web y las redes sociales. Experta en las oposiciones autonómicas, de prisiones, y las de fuerzas y cuerpos de seguridad.

¿QUIERES CONVERTIRTE EN GUARDIA CIVIL?
Prepárate con la Academia de Oposiciones Online referente a nivel Nacional

¡Desde
33 €
al mes!

Artículo añadido al carrito.
0 artículos - 0,00